Hoy nos hemos topado con uno de esos episodios surrealistas en los que uno no sabe si frotarse los ojos o frotárselos al autor del numerito. Si alguno no lo sabe ya, el Ayuntamiento de Fuengirola ha prohibido en las casetas de su feria ciertos tipos de música, en general todas las que no sean en español, y ha particularizado en otras que por lo que se entiende de la Ordenanza, no estarán permitidas ni en castellano ni en ninguna otra lengua.

Dice la teoría, que este tipo de normas administrativas deben satisfacer el interés general, y además hacerlo con objetividad, eficacia y sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Leyendo esto uno se pregunta a qué viene eso de prohibir ciertos estilos musicales, o directamente la música en cualquier idioma que no sea el castellano. ¿Puede un Ayuntamiento prohibir la música según su tipo? ¿Puede un Ayuntamiento prohibir llevar el pelo verde? Entendemos que un Ayuntamiento tenga poderes, la Constitución se los otorga, y ello hace que la Administración Pública sea más fluida, entendemos que nos multen por no recoger la caca del perro o orinar en la vía pública, pero no entendemos que se prohíba la música según su origen.

La Constitución, por si acaso, en su artículo 20, protege el derecho a difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones mediante cualquier medio de reproducción. Es decir, que podemos expresarnos a través de la música, y si usted tiene un grupo contratado para tocar en una caseta, puede ejercer su derecho a expresarse en inglés, usando el estilo musical que a usted le venga en gana. Si usted es un ciudadano gallego que ha decidido montar una asociación de emigrantes en la Costa del Sol y ha montado una caseta, tiene derecho a ambientarla con música gallega, y ninguna ordenanza podrá prohibir que usted y su comunidad se expresen a través de la música tradicional de su tierra.

Si nos dirigimos al origen de la fiesta, esta se celebra en honor a la Virgen del Rosario, y originalmente era una romería, la cual derivó en feria. Son típicas en ella las actividades ecuestres y el baile y cante andaluz. Aquí nos tomamos quizás con el origen de la feliz idea del Ayuntamiento de Fuengirola, una cuestión estética, no quieren que el sucio idioma de Shakespeare, o peor aún, el aún más sucio acento de los artistas reggaetoneros manchen su festividad y el honor de su virgen. Quizás a la virgen le moleste más el flamenco, o las borracheras, o el enorme dispendio económico que suponen estos festejos, pero hasta que la virgen no se pronuncie no sabremos quién tiene razón en este aspecto, y aunque la virgen se pronunciase, la Constitución le asiste.

Dejando a un lado la parte jurídica del asunto, uno no puede más que reírse al leer la música que está prohibida: el rap y el hip hop (lo siento MCs, no cuela eso de llamar a lo mismo de diferente forma), o la prohibición de los ritmos latinos en general (intuimos que incluye música de origen italiano y portugués) y por supuesto sorprende la prohibición de la música alternativa. Aunque bueno, esto último quizás tenga su lado positivo: gracias al Ayuntamiento de Fuengirola podremos saber qué es indie y qué es comercial.

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